Mediación y arbitraje civil y mercantil
Descargar PDFÍndice de contenidos
- 1. Objeto y finalidad
- 2. Marco legal y relación con las Condiciones Generales
- 3. Fase I: mediación
- 4. Fase II: arbitraje
- 5. Costas, provisión de fondos y reparto de gastos
- 6. Anexo de tarifas y ejemplo de precios
- 7. Confidencialidad y protección de datos
- 8. Responsabilidad
- 9. Reserva de competencias y fuero
- 10. Modificaciones, vigencia y aceptación
1. Objeto y finalidad
1.1. Resolución Alternativa de Disputas
El presente servicio (“Pack”) está orientado a la resolución de conflictos civiles y mercantiles a través de un sistema combinado de:
- Mediación (voluntaria, flexible y confidencial).
- Arbitraje (con laudo final vinculante) si no se alcanza un acuerdo en la etapa de mediación.
1.2. Ventajas del Pack
- Economía procesal: Costes unificados y una sola provisión de fondos que cubre las dos etapas.
- Rapidez: Se desarrolla una fase de mediación breve y, si resulta infructuosa, se pasa directamente al arbitraje sin dilaciones.
- Flexibilidad: Posibilidad de llegar a acuerdos parciales y dejar para el arbitraje solo las controversias no resueltas.
1.3. Ámbito de Aplicación
Las presentes condiciones se aplican a controversias de naturaleza civil y/o mercantil, siempre que no sean de carácter imperativo o excluido por la ley de mediación o arbitraje.
2. Marco legal y relación con las Condiciones Generales
2.1. Legislación Aplicable
Este Pack se regula por:
- Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación en asuntos civiles y mercantiles.
- Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.
- Disposiciones complementarias que puedan ser aplicables en el ámbito civil y mercantil.
2.2. Integración con Condiciones Generales
Las cláusulas aquí descritas se integran en las Condiciones Generales de Contratación de IberFácil y en su Política de Privacidad. En caso de contradicción, prevalecen las presentes condiciones en lo referente a la mediación y el arbitraje para asuntos civiles y mercantiles.
3. Fase I: mediación
3.1. Inicio y Solicitud
- Una de las partes solicita formalmente la mediación ante IberFácil, identificando la controversia.
- IberFácil comunica la solicitud a la parte contraria, quien debe aceptar voluntariamente.
3.2. Designación del Mediador
- IberFácil nombra un mediador especializado en materia civil y mercantil, garantizando su independencia.
- Se notifican sus datos a ambas partes, que pueden recusar si hay motivo de parcialidad.
3.3. Desarrollo de la Mediación
- Se celebrarán una o varias sesiones (presenciales, telemáticas o mixtas) para facilitar la comunicación y el intercambio de propuestas.
- El plazo para la mediación será normalmente de 30 días, ampliable por acuerdo de las partes si ven posibilidades de acuerdo.
3.4. Conclusión de la Mediación
- Acuerdo total: Se redacta un documento vinculante con el contenido convenido y se firma por las partes, pudiendo elevarse a escritura pública.
- Acuerdo parcial: Solo resuelve parte de la controversia. Lo no resuelto pasa a la fase de arbitraje.
- Falta de acuerdo: Se levanta acta de finalización y se activa la siguiente fase de arbitraje.
3.5. Confidencialidad
Todo lo debatido en la mediación es confidencial y no podrá usarse ni divulgarse en el arbitraje posterior, salvo pruebas ya existentes y ajenas a las negociaciones.
4. Fase II: arbitraje
4.1. Sumisión Arbitral Automática
- En caso de no lograrse acuerdo en mediación (total o parcial), las partes se someten automáticamente a arbitraje ante IberFácil, sin necesidad de firmar un convenio arbitral adicional.
- La suscripción de este Pack implica la aceptación y renuncia a la vía judicial ordinaria (salvo acción de anulación) para las materias sujetas al arbitraje.
4.2. Designación de Árbitro
- IberFácil nombrará un árbitro (o tribunal arbitral) distinto del mediador, con experiencia en materia civil y/o mercantil.
- Se notificará a las partes, que podrán recusar al árbitro si concurre causa de imparcialidad.
4.3. Procedimiento Arbitral
- Demanda: La parte interesada presentará la demanda arbitral, describiendo los puntos en disputa (no resueltos en mediación).
- Contestación: La parte demandada contestará en plazo (p.ej., 15 días hábiles), pudiendo reconvenir.
- Prueba y Audiencia: El árbitro puede convocar vista oral, recabar documentos, testimonios, peritajes, etc.
- Laudo: Se dictará en un plazo no superior a 6 meses desde la contestación, a menos que las partes o el árbitro acuerden prórroga. El laudo es vinculante, con valor de cosa juzgada y ejecutable ante tribunales.
4.4. Recursos en Arbitraje
- No existe apelación.
- Posible acción de anulación por las causas taxativas (falta de convenio arbitral válido, indefensión, violación de orden público, etc.) ante la Sala Civil y Penal del TSJ competente.
5. Costas, provisión de fondos y reparto de gastos
5.1. Pack Unificado
El Pack integra los costes de la fase de mediación y la fase arbitral en un solo esquema de tarifas, permitiendo una única provisión inicial de fondos.
5.2. Provisión de Fondos
- Al inicio de la mediación, la parte solicitante deposita la provisión acordada (ej., 50% de la tarifa global estimada).
- Si se pasa a arbitraje y se prevén costes adicionales (por cuantía, pruebas, etc.), IberFácil podrá exigir provisiones suplementarias.
5.3. Reparto de Gastos en Mediación
- De forma general, los gastos de mediación se dividen por igual entre las partes.
- La parte que adelantó la provisión podrá ser reembolsada en la liquidación final.
5.4. Imposición de Costas en Arbitraje
- El árbitro decide la imposición de costas (tasas, honorarios, gastos) a una o varias partes, atendiendo a criterios de temeridad, colaboración procesal y estimación de pretensiones.
- Si una parte adelantó la provisión, el laudo puede ordenar a la otra parte el reintegro total o parcial.
6. Anexo de tarifas y ejemplo de precios
- Tasa de constitución del pack: 200 €. Incluye apertura del expediente, designación de mediador y, en su caso, de árbitro.
- Fase de mediación: 1.ª y 2.ª sesión (2 horas cada una): 200 € en total. Sesiones extra: 100 € por cada sesión adicional.
- Fase de arbitraje (si procede):
- Honorarios del árbitro: cuantía < 10.000 €: 500 €; cuantía entre 10.000 € y 60.000 €: 1.000 €; cuantía > 60.000 €: 1,5 % del importe litigioso (mínimo 1.500 €).
- Audiencias / pruebas: 200 € por sesión.
- Laudo: 200 € por redacción y notificación.
- Recurso interno: reconsideración (solo si se prevé en el convenio arbitral): 100 €.
- Gastos extra (traducción, peritajes, desplazamientos, etc.): se facturan aparte.
(Los precios anteriores son orientativos; se confirmarán en la Hoja de Encargo o Presupuesto.)
7. Confidencialidad y protección de datos
7.1. Compromiso de Confidencialidad
- La mediación es estrictamente confidencial: Ni las partes ni el mediador revelarán lo dicho en las sesiones.
- El arbitraje también se gestiona con discreción. Solo se publicará el laudo en casos excepcionales conforme a la ley o por acuerdo de partes.
7.2. Tratamiento de Datos
- IberFácil se atiene al RGPD y a la LOPDGDD, actuando como responsable o encargado del tratamiento según su Política de Privacidad.
8. Responsabilidad
8.1. Rol de IberFácil
- IberFácil no garantiza que la mediación culmine en acuerdo, ni asume responsabilidad por el contenido del laudo arbitral.
- La responsabilidad por actuación profesional recae en el mediador o el árbitro.
8.2. Indemnidad de IberFácil
- Las partes mantendrán indemne a IberFácil frente a reclamaciones derivadas de su propia incomparecencia, ocultación de información o uso indebido del procedimiento.
9. Reserva de competencias y fuero
9.1. Carácter Civil y Mercantil
Estas condiciones se circunscriben a controversias de ámbito civil y/o mercantil, excluyendo materias de derecho laboral, penal, administrativo o familiar que requieran procedimientos específicos.
9.2. Legislación Aplicable
Se aplica la legislación española: Ley 5/2012, Ley 60/2003, y demás normativa complementaria.
9.3. Competencia Judicial
Para la anulación de laudos o cuestiones no cubiertas, serán competentes los Juzgados y Tribunales de Miranda de Ebro (Burgos), salvo fuero imperativo o pacto distinto.
10. Modificaciones, vigencia y aceptación
10.1. Modificación: IberFácil podrá actualizar estas condiciones, notificando a las partes con suficiente antelación. Los procedimientos en curso se rigen por la versión vigente al inicio.
10.2. Duración: El servicio “Pack Mediación + Arbitraje Civil y Mercantil” termina con la firma de un acuerdo de mediación total o el dictado de laudo arbitral (o ambas cosas parcialmente).
10.3. Aceptación: La contratación del Pack implica la aceptación expresa de estas condiciones, así como del Anexo de Tarifas y las Condiciones Generales de IberFácil.
Fecha de última actualización: 30/03/2025